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Procedimiento en caso de siniestro por terremoto

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¿Qué hacer en caso de fallecimiento?
En caso de consultas, el asegurado o los beneficiarios deberán contactarse con el sponsor (tienda) a través de la cual suscribió el seguro, para formalizar el denuncio y entregar los antecedentes necesarios para la liquidación.

Además, podrán contactarse con el área de Servicio al Cliente de BICE Vida al fono 800 20 20 22 o desde celulares al 02 - 828 39 00, quienes lo asesorarán con la documentación a presentar según tipo de siniestro.

La documentación básica que deberán adjuntar a cada denuncio para la liquidación del Siniestro, es la siguiente:

Fallecimiento a causa del terremoto ocurrido el sábado 27 de febrero:

  • Formulario Denuncio de Siniestro, indicando circunstancias del accidente
     
  • Certificado original de Defunción, con causa de fallecimiento, emitido por el Registro Civil
     
  • Parte Policial o Certificación de algún organismo competente, reconocido por la autoridad, que pueda indicar la relación de las causas del fallecimiento con este evento catastrófico.
     
  • No se requerirá Informe de Alcoholemia ni Protocolo de Autopsia en los casos que se pueda establecer fehacientemente con los documentos antes señalados, que la causa del fallecimiento está directamente relacionada con el terremoto.
     
  • Fotocopia de Cédula de Identidad de los beneficiarios. En caso de ser menores de 18 años, presentar Certificado de Nacimiento con inscripción de los padres


Plazo de Denuncio de Siniestros

Fallecimiento: Se otorgará un plazo adicional al establecido en la póliza de 180 días (seis meses), para denunciar el fallecimiento de un asegurado y presentar los antecedentes requeridos.

Muerte Presunta o desaparición del asegurado
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En caso de desaparición se estará sujeto a la declaración de muerte presunta del asegurado, por parte del Tribunal y la certificación del Registro Civil, con copia autorizada de la sentencia judicial ejecutoriada que declara la Muerte Presunta.