Protégete ante gastos médicos de alto costo
Ya sea por enfermedad o accidente, un capital de hasta UF 30.000 para tus gastos médicos.
El Seguro Catastrófico Salud Asegurada te protegerá frente a los gastos que una enfermedad o accidente de alto costo pudieran ocasionarte. Cuenta con cobertura por hasta UF 30.000 en gastos médicos.
Contrátalo mensual desde UF 0,35
¿Quieres asesoría de nuestros expertos?
Déjanos tus datos y te contactaremos
Protege a tu familia ante gastos médicos de alto costo
Otorga cobertura por los gastos producidos a causa de enfermedades o accidentes de alto costo, por un monto de hasta UF 30.000* por evento y que hayan sido originados dentro de los 60 meses siguientes a la fecha de ocurrencia del accidente o diagnóstico de la enfermedad.
(*) Al cumplir los 70 años, el capital baja a UF 5.000 por evento.
Protégete ante gastos médicos de alto costo
Ya sea por enfermedad o accidente, un capital de hasta UF 30.000 para tus gastos médicos.
Cinco patologías con deducible cero
En caso de diagnóstico de algunas patologías no debes realizar pagos adicionales.
Costo del seguro decreciente
El deducible que debes pagar baja progresivamente.*
(*) Deducible inicial UF 100, desde el mes 25 son UF 50.
Libre elección del centro de salud
Elige atenderte en la clínica o centro de salud que tú decidas.
|
Gastos incurridos en Chile | Gastos incurridos en el extranjero | ||
---|---|---|---|---|
|
Asegurado tipo A (1) | Asegurado tipo B (2) | Asegurado tipo A (1) | Asegurado tipo B (2) |
Atención privada de enfermería | 50% | 100% | 40% | 80% |
Cirugía dental por accidente | 50% | 100% | 40% | 80% |
Día cama hospitalización | 50% | 100% | 40% | 80% |
Honorarios médicos quirúrgicos | 50% | 100% | 40% | 80% |
Honorarios médicos | 50% | 100% | 40% | 80% |
Servicio de ambulancia terrestre (3) | 50% | 100% | 40% | 80% |
Servicios hospitalarios | 50% | 100% | 40% | 80% |
(1) Asegurados tipo A: Son aquellos asegurados que:
a.- No están afiliados a una institución de salud previsional (isapre o Fonasa) ni alguna otra institución que otorgue beneficios de salud.
b.- Que no obstante estar afiliados a una institución de salud previsional (isapre o Fonasa) o alguna institución que otorgue beneficios de salud, el gasto médico incurrido, que origina la prestación hospitalaria o ambulatoria denunciada, no cuente con bonificación, aporte y/o reembolso mayor que cero (0) peso en conformidad al plan o contrato de salud previsional contratado en tales instituciones, por cualquier causa que sea.
c.- Que están afiliados a Fonasa y que el gasto médico incurrido, que origina la prestación hospitalaria o ambulatoria denunciada, tuvo cobertura y/o reembolso por parte de Fonasa, pero que no se atendieron bajo la modalidad de atención institucional. Se entenderá como modalidad de atención institucional a las atenciones de salud entregadas en los establecimientos públicos de salud.
(2) Asegurados tipo B: Son aquellos asegurados que:
a.- Están afiliados a una isapre y que además hayan recibido, de parte de ella, cobertura o reembolso por el gasto médico incurrido que origina la prestación hospitalaria o ambulatoria denunciada.
b.- Están afiliados a FONASA U OTRA INSTITUCIÓN QUE OTORGUE BENEFICIOS DE SALUD, que se hayan atendido bajo la modalidad de atención institucional y que además hayan recibido, de parte de dicha institución, cobertura o reembolso por el gasto médico incurrido que origina la prestación hospitalaria o ambulatoria denunciada. Se entenderá como modalidad de atención institucional a las atenciones de salud entregadas en los establecimientos públicos de salud.
(3) Tiene un tope anual de UF 5
|
Gastos incurridos en Chile | Gastos incurridos en el extranjero | ||
---|---|---|---|---|
|
Asegurado tipo A (1) | Asegurado tipo B (2) | Asegurado tipo A (1) | Asegurado tipo B (2) |
Cirugía ambulatoria | 50% | 100% | 40% | 80% |
Consultas médicas | 50% | 100% | 40% | 80% |
Día cama hospitalización | 50% | 100% | 40% | 80% |
Exámenes de laboratorio | 50% | 100% | 40% | 80% |
Ultrasonografía y medicina nuclear | 50% | 100% | 40% | 80% |
Radioterapia | 50% | 100% | 40% | 80% |
Quimioterapia | 50% | 100% | 40% | 80% |
Diálisis | 50% | 100% | 40% | 80% |
Medicamentos ambulatorios | 50% | 100% | 40% | 80% |
Drogas antineoplásticas | 50% | 100% | 40% | 80% |
Kinesiología y fonoaudiología | 50% | 100% | 40% | 80% |
Drogas Ortesis (3) | 50% | 100% | 40% | 80% |
(1) Asegurados tipo A: Son aquellos asegurados que:
a.- No están afiliados a una institución de salud previsional (isapre o Fonasa) ni alguna otra institución que otorgue beneficios de salud.
b.- Que no obstante estar afiliados a una institución de salud previsional (isapre o Fonasa) o alguna institución que otorgue beneficios de salud, el gasto médico incurrido, que origina la prestación hospitalaria o ambulatoria denunciada, no cuente con bonificación, aporte y/o reembolso mayor que cero (0) peso en conformidad al plan o contrato de salud previsional contratado en tales instituciones, por cualquier causa que sea.
c.- Que están afiliados a Fonasa y que el gasto médico incurrido, que origina la prestación hospitalaria o ambulatoria denunciada, tuvo cobertura y/o reembolso por parte de Fonasa, pero que no se atendieron bajo la modalidad de atención institucional. Se entenderá como modalidad de atención institucional a las atenciones de salud entregadas en los establecimientos públicos de salud.
(2) Asegurados tipo B: Son aquellos asegurados que:
a.- Están afiliados a una isapre y que además hayan recibido, de parte de ella, cobertura o reembolso por el gasto médico incurrido que origina la prestación hospitalaria o ambulatoria denunciada.
b.- Están afiliados a FONASA U OTRA INSTITUCIÓN QUE OTORGUE BENEFICIOS DE SALUD, que se hayan atendido bajo la modalidad de atención institucional y que además hayan recibido, de parte de dicha institución, cobertura o reembolso por el gasto médico incurrido que origina la prestación hospitalaria o ambulatoria denunciada. Se entenderá como modalidad de atención institucional a las atenciones de salud entregadas en los establecimientos públicos de salud.
(3) Tiene un tope anual de UF 20
Póliza
De igual forma, debes revisar el detalle de todas las exclusiones en la póliza del seguro.
Póliza
Edad mínima y máxima de contratación
18 años - 64 años y 364 días.
Edad máxima de permanencia
La edad máxima de permanencia es de 74 años y 364 días.
Edad mínima y máxima de contratación
18 años - 64 años y 364 días.
Edad máxima de permanencia
La edad máxima de permanencia es de 74 años y 364 días.
Edad mínima y máxima de contratación
14 días - 23 años y 364 días.
Edad máxima de permanencia
La edad máxima de permanencia es de 29 años y 364 días.
En el caso del Asegurado Titular, si la edad de ingreso es menor a 60 años de edad, la edad de permanencia se extiende hasta cumplir 110 años de edad.
Póliza
Mensual, trimestral, semestral o anual
Se realiza con descuento automático en su cuenta corriente (PAC) o con cargo a su tarjeta de crédito (PAT).
Indisputabilidad
Después de 2 años de vigencia inicial o desde que se rehabilita la póliza. Cumplido este plazo, la compañía renuncia al derecho de disputar el pago de la indemnización en caso de omisiones siempre que sean de buena fe.
De igual forma, debes revisar el detalle de la modalidad de pago en la póliza del seguro.
Póliza
Prestación
Montos de costos referenciales |
Sin seguro con |
Con Seguro y |
Con Seguro y
cobertura ISAPRE |
---|---|---|---|
Servicio de ambulancia terrestre $550.000 |
$550.000 |
$275.000 |
$0 |
Honorarios médicos $550.000 |
$550.000 |
$275.000 |
$0 |
Medicamentos ambulatorios $550.000 |
$550.000 |
$275.000 |
$0 |
Honorarios médicos quirúrgicos $550.000 |
$550.000 |
$275.000 |
$0 |
Cirugía $2.000.000 |
$2.000.000 |
Los porcentajes de coberturas son referenciales y se basan en las coberturas de cada caso.
El valor de la prestación ya considera la cobertura del sistema pensional del asegurado.
Presencia en todo el país
Contamos con un amplia red de sucursales de Arica a Punta Arenas
Respaldo, prestigio y solidez
Formamos parte de un prestigioso grupo económico nacional
Te acompañamos en cada etapa
Nuestros productos te cubren a ti y a los tuyos a lo largo de tu vida.
Estamos aquí para ayudarte
Significa que puedes elegir donde tú te quieres atender ante una enfermedad o accidente. Este seguro no te restringe a que clínica asistir ni en que región te debes tratar.
Sí, independiente del sistema previsional que poseas, podrás contratar el Seguro Salud Asegurada, lo importante es tener en cuenta que los porcentajes de cobertura podrán variar según el sistema de salud.
El Seguro Catastrófico sirve para gastos más altos como una enfermedad o un accidente de alto costo, pero tiene coberturas más completas, ya que está enfocado principalmente en la atención hospitalaria y se encargan de que sólo tengas que pagar el deducible y/o un copago menor.
En cambio, el Seguro Complementario sirve para complementar tu previsión de salud y lo que busca es entregarte una mejor protección a los gastos médicos por enfermedad o accidentes que son más recurrentes, por lo que su enfoque es mayoritariamente ambulatorio.
Complementa la cobertura de Fonasa o Isapre y cuida tu salud y la de tu familia.
Apoyo financiero inmediato para gastos iniciales de un diagnóstico de cáncer.
Protege a los que más quieres y ahorra para concretar tus metas a mediano y largo plazo.
¿Necesitas ayuda?
Conoce todos nuestros canales de atención
Call Center
Llámanos al 800 20 20 22 de lunes a jueves de 9:00 a 17:30 hrs y viernes de 9:00 a 14:00 hrs.
Centro de ayuda
Accede a guías para solucionar los problemas o dudas que tengas.