
El pasado 1 de junio de 2021 fue publicada en el Diario Oficial la Ley 21.342 que establece protocolos y medidas de protección para el retorno paulatino al trabajo tras las restricciones sanitarias por la pandemia en el país, entre las que se encuentra el lanzamiento de un seguro de salud obligatorio para proteger a los trabajadores en caso de contagiarse con el virus COVID-19 y el cuál podrás CONTRATAR ACÁ.
¿En qué consiste este seguro?
Este seguro tiene como finalidad proteger la salud y la vida de todos los trabajadores del sector privado que realicen funciones de manera presencial, ya sea de manera total o parcial.
Para ello, obliga a las empresas a contratar y costear este seguro para sus empleados mientras esté vigente la emergencia sanitaria en el país.
¿Qué cubre?
El Seguro COVID-19 reembolsará los gastos médicos de hospitalización y rehabilitación que tengan los trabajadores tras un diagnóstico confirmado de COVID-19 y que pertenezcan tanto a Fonasa (grupo B, C y D) como a Isapre.
Puntualmente, en el caso de Fonasa el seguro indemnizará un equivalente al 100% del copago por gastos de hospitalización en la Red Asistencial de Salud, de acuerdo a la Modalidad de Atención Institucional.
En el caso de Isapre, indemnizará el deducible de cargo de los cotizantes tras la aplicación de la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastrófica (CAEC) en la red de prestadores de salud que disponga cada Isapre.
Además, cuenta con un seguro de vida que entrega a los familiares del trabajador un monto de UF 180 en caso de fallecimiento debido a la enfermedad.
¿Qué no cubre?
- Este seguro excluye todos los gastos de hospitalización o de fallecimiento producidos por enfermedades distintas al COVID-19.
- Además, excluye los gastos que pueda tener el trabajador en caso de accidente, aun cuando esté contagiado de COVID-19.
- En el caso de los afiliados a Fonasa, este seguro no cubrirá si es que el trabajador se atiende en un centro asistencial distinto a los dispuestos por la Red Asistencial de Salud o que estén fuera de la Modalidad de Atención Institucional.
- En el caso de los cotizantes de Isapre, el seguro no contempla coberturas si el trabajador se atiende fuera de la red de prestadores que disponga su Isapre para aplicar la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas (CAEC).
¿Cómo contratarlo?
Los empleadores podrán contratar el Seguro COVID-19 directamente en el sitio web de BICE VIDA haciendo CLIC ACÁ de forma 100% digital, con pago online y con la entrega de comprobantes de cobertura en sólo minutos.
Recuerda que este seguro estará disponible en los próximos días y será obligación contratarlo para todos los trabajadores que tengan labores presenciales de forma total o parcial dentro del primer mes de promulgación de la ley.