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Seguro de Vida
Full Protección

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    El Seguro de Vida Temporal Full Protección brinda por muy bajo costo y por el tiempo que tú determines, protección económica a tu familia en caso de fallecimiento, tomando a tu elección los capitales que deseas cubrir.

     

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    COBERTURAS/PROTECCIÓN

    • Principal
      Otorga cobertura frente al fallecimiento del asegurado, pagando una prima de acuerdo al capital asegurado y el plazo o edad establecida como periodo de protección, con un límite máximo de vigencia hasta los 80 años cumplidos.
      Edad mínima y máxima de incorporación: 18 – 65 años de edad.
      Según POL  2 2013 1367

    Adicional
    Muerte Accidental: Frente a un evento de muerte accidental, el capital máximo asegurado puede ser el doble del capital asegurado en la cobertura de fallecimiento.
    Edad mínima y máxima de vigencia: 18 – 65 años de edad.
    Según CAD 3 2016 0026

    Adelanto de Capital por Invalidez 2/3: Frente a un diagnóstico de invalidez dos tercios, ya sea está causada por un accidente o por una enfermedad, ésta cobertura adicional le permitirá hacer uso del capital de fallecimiento.
    Edad mínima y máxima de vigencia: 18 – 65 años de edad.
    Según CAD 3 2016 0027

    Anticipo de Capital por Enfermedades Graves: Frente a un diagnóstico de; cáncer, accidente vascular encefálico, infarto al miocardio y Bypass aortocoronario, podrá hacer uso de entre un 20% y un 40% del capital de fallecimiento.
    Edad mínima y máxima de vigencia: 18 – 65 años de edad.
    Según CAD 2 2013 1368

    Beneficio Adicional por Accidente: Este adicional cuenta con dos coberturas:
    Muerte accidental e Invalidez accidental. Si el asegurado fallece a consecuencia de un accidente, la compañía pagará el doble del capital contratado.
    En caso de invalidez parcial o total causada por el mismo, la Compañía pagará un porcentaje de acuerdo al grado de incapacidad y/o pérdida de la parte del cuerpo afectada.
    Edad mínima y máxima de vigencia: 18 – 65 años de edad.
    Según CAD 2 2014 0258

    Exoneración Pago de Prima por Invalidez Total y Permanente 80%: Si el asegurado es declarado inválido por accidente y/o enfermedad en un porcentaje igual o mayor a un 80%, esta cobertura lo exime del pago del seguro durante toda la vigencia de la póliza.
    Edad mínima y máxima de vigencia: 18 – 65 años de edad.
    Según CAD 2 2013 1554
    Nota: Las coberturas adicionales de Beneficio Adicional por Accidente e Invalidez 2/3 son excluyentes.

     

    OTRAS CARACTERÍSTICAS Y BENEFICIOS

    • Puede ajustar este seguro de acuerdo a tus necesidades y por el tiempo que determines, con un mínimo de 5 años.
    • El capital asegurado es inembargable.
    • Los beneficiarios de la póliza no requieren realizar trámites de posesión efectiva para cobrar el seguro.
    • El plazo que usted asigna a la cobertura puede ser de 5, 10, 15, 20 ó 25 años o hasta que cumpla los 55, 60, 65, 70 ó 80 años de edad. Cualquiera sea el plazo contratado, usted puede complementar su seguro con coberturas adicionales por accidente, invalidez o anticipo de enfermedades graves.

    Principales exclusiones de la póliza (POL 2 2013 1367):

    • Suicidio antes de los 2 años
    • Pena de Muerte.
    • Participación del Asegurado en actos calificados por la ley como delitos, como autor, cómplice o encubridor.
      Ver detalle total de exclusiones en ficha de productos y POL detalladas en www.bicevida.cl, y/o consultando a tu ejecutivo especialista.

    Nota

    Esta información describe algunas de las características del producto Seguro de Vida Temporal Full Protección, por lo anterior sólo debe ser considerado como material informativo.
    El detalle completo de la documentación de este producto incluyendo POL, CAD, ficha, coberturas y exclusiones se encuentran en nuestra página web www,bicevida.cl. O bien puedes consultar a nuestros Ejecutivos Comerciales o al Call Center 800 20 20 22.
    Cubre los riesgos BICE VIDA Compañía de Seguros S.A., según condiciones generales depositadas en la CMF bajo códigos POL 2 2013 1367, CAD 2 2013 1368, CAD 2 2016 0027, CAD 2 2014 0258, CAD 2 2013 1554 y CAD 2 2016 0026.

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