¿Cómo opera la cobertura de traslado nacional e internacional del Seguro de Deceso Familiar?

En primer lugar, se considera como distancia de traslado la distancia entre el lugar donde la entidad funeraria comenzó el traslado del cuerpo del asegurado fallecido hasta el lugar de velación y/o cementerio.

Traslado Nacional

Traslado hasta cien (100) km: Serán cubiertos por el monto de Servicios Funerarios hasta el límite de reembolso establecido para dicho servicio.
Traslado que supera los cien (100) kilómetros: Los primeros 100 km serán cubiertos por los Servicios Funerarios (hasta el tope) y sobre esta distancia se activa la cobertura de Traslado Nacional hasta el límite del reembolso.
De aplicar el traslado nacional adicional, el monto máximo a reembolsar será el resultante de multiplicar la cantidad de UF 0,02, por cada kilómetro recorrido por sobre los cien (100) kilómetros iniciales (hasta el tope).

Traslado Internacional

Corresponde al traslado del cuerpo del asegurado fallecido desde el lugar de fallecimiento fuera de territorio nacional hasta Chile.

Esta cobertura está sujeta a que el fallecimiento del asegurado ocurra dentro de un plazo máximo de 90 días contados desde la salida del asegurado de territorio nacional y al límite máximo de suma asegurada según topes.

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